Cuaderno Explotación. R.D. 1311/2012


 

Cuaderno de Explotación.    R.D. 1311/2012
 
Todas la Explotaciones a partir del 01 Enero 2013 deberán tener actualizado un registro con sus tratamientos fitosanitarios denominado “cuaderno de explotación”
 
Varios tipos de cuadernos de explotación:
Agricultura Ecológica.
Producción Integrada. 
 
+
 
Conservar durante 3 AÑOS información según tipo explotación o empresa servicios:
 
· La información relativa al asesoramiento fitosanitario.
· Certificados inspección de los equipos de tratamiento.
· Contratos de prestación de servicios de aplicación de fitosanitarios.
· Resultados de análisis de residuos de productos fitosanitarios.
· Facturas y documentos justificativos de los apuntes reflejados en dicho Cuaderno de Explotación.
 
Partes Cuaderno de Explotación.
 
Información General
Datos generales de la explotación
Identificación de las parcelas
Nombre, dirección y en su caso nº registro explotación
Relación de parcelas de la explotación, especificando para cada una de ellas:
Nombre, apellidos y NIF del titular
     Nº de identificación números correlativos)
Personal propio cualificado que ejerza de ASESOR
     Referencia Sigpac
Agrupación o entidad de asesoramiento oficialmente reconocida a la que pertenezca en su caso
     Superficie en Ha
Si se encuentra total o parcialmente en zonas de protección
     Uso Sigpac – aprovechamiento
Existencias de masas de agua de captación para consumo humano y distancia a las mismas.
     Sistema de cultivo – secano o regadío; airelibre – protegido
Existencias de puntos de captación de aguapara consumo humano y distancia a las mismas.
     Producción amparada sistema certificación, control plagas
Para cada equipo de aplicación propio: fecha de adquisición o de última inspección, nº inscripción ROMA o nº referencia censo correspondiente
    
 
 
 
 
Información de Tratamientos Fitosanitarios
Para cada tratamiento que se realice en la Explotación se debe registrar
Fecha de tratamiento
 
Nº de identificación de la parcela, o local, u otro
 
Plaga a controlar
 
Identificación del aplicador (carné aplicador) y ASESOR (en su caso) 
Cultivo, especie y variedad a tratar
Superficie tratada en Ha o Volumen en m3 en tratamientos locales
Producto fitosanitario aplicado (nombre comercial y nº registro)
Cantidad (Kg o L) del producto fitosanitario aplicado en el tratamiento
Identificación maquinaria o equipo empleado
Valoración de la eficacia del tratamiento y otras observaciones
 
 
 
 
 
 
A 01 Enero 2013. Para la aplicación de productos fitosanitarios en ámbitos profesionales distintos al agrario, (parques, jardines o áreas verdes de uso público, campos de deporte, jardines de colegios, etc.) también será obligatorio un registro de los tratamientos fitosanitarios con la información anteriormente citada.
 
En Jardines domésticos y Huertos Familiares NO es necesario cumplimentar el cuaderno de explotación ni registro de tratamientos. (Si lo lleva a cabo un profesional o empresa de servicios, sí). Se deben usar productos autorizados para uso NO Profesional.
 
Calendario implantación medidas del R.D. 1311/2012
 
Calendario implantación medidas del R.D. 1311/2012
01 ENERO 2013
Cuaderno de Explotación
01 MARZO 2013
Asesoramiento en Gestión Integrada de Plagas
01 ENERO 2014
Gestión Integrada de Plagas
26 NOVIEMBRE 2015
Carné de capacitación según niveles que acredite a usuarios profesionales y vendedores de fitosanitarios.
Punto de venta de productos fitosanitarios para uso profesional e información comprador
31 DICIEMBRE 2016
Inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios
 

 
 
Varias fuentes. R.D. 1311/2012
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